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La Documentación Económica de los Planes Urbanísticos en la Moderna Jurisprudencia

La documentación económica de los planes urbanísticos trata de dar respuesta a diferentes cuestiones suscitadas por el cambio de ordenación introducido por ellos. Son dos los documentos de esta naturaleza que prevé el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015: la memoria de viabilidad económica (que en la moderna jurisprudencia se identifica con el conocido tradicionalmente como estudio económico-financiero) y el informe o memoria de sostenibilidad económica.

El estudio económico-financiero es exigido en relación con la ordenación y ejecución de las actuaciones sobre el medio urbano, sean o no de transformación urbanística, con el fin de asegurar la viabilidad económica de las mismas, en términos de rentabilidad, de adecuación a los límites del deber legal de conservación y de un adecuado equilibrio entre beneficios y cargas entre los propietarios afectados, mientras que la memoria de sostenibilidad económica debe figurar entre la documentación de los instrumentos de ordenación de las actuaciones de transformación urbanística con el fin de ponderar el impacto de la actuación en las haciendas públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.

La moderna jurisprudencia ha desenvuelto las principales características y notas diferenciales ambas clases de documentos y ha declarado con rotundidad que la falta de uno u otro en los casos en los que son legalmente exigibles, constituye un vicio invalidante del correspondiente plan, al convertirlo en mera apariencia, fuente de inseguridad jurídica y de desprestigio normativo. En el número 94 de la revista Observatorio Inmobiliario y de la Construcción figura un artículo de Eugenio-Pacelli Lanzas Martín en el que se recopilan los pronunciamientos más importantes de la moderna jurisprudencia respecto de tales documentos.

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